Las cubiertas de los edificios. Su uso. La legislación. Posibilidades. Tendencias.

Las azoteas pueden ser de uso comunal. CUE Arquitectos y Abogados-

Estamos trabajando en un artículo sobre el aprovechamiento de las «azoteas de los edificios de bloques con división horizontal» dado que lo que hace décadas sólo servía para tender la ropa, y posteriormente para las antenas y aparatos de aire comunes o privativos ha ido evolucionando hacia dos vertientes auténticas herederas del uso compartido por todos o por parte que se hacía en las comunas o casas patio producto de la cultura higienista del norte de Europa o de la tradición secular del sur de Europa:

– Una de carácter comunal, o sea desarrollando un aprovechamiento conjunto de los propietarios para su beneficio (tal es el caso de instalaciones de energía solar, depósitos depuradores, etc, salas de reuniones, estudio, recreo, piscinas, vestuarios, hasta incluso huertos comunales, antenas de telefonía, rótulos de publicidad….).

– Otra de carácter privativo indemnizable al resto de comuneros (Trasteros o celdas, áreas de lavadoras y secadoras con tendedero, solariums de uso privativo con sauna o piscina, sala de reuniones o juegos, huertos urbanos asociados a empresas de explotación y recogida -no sólo de hachis sino- de verduras o de flores, y las de instalaciones deportivas de denso rendimiento como gimnasio, padel, etc ….)

En este artículo haremos especial mención a propuestas curiosas como la de  Ikko Huertos, o la de Swim&Sun.

Ahí lo dejo, a ver si al menos provoco alguna preocupación por defender lo hecho hasta ahora.

CUE Arquitectos y Abogados, Ingeniería & Project Management

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