Expertos aplauden que se ponga límite a la anulación total de los planes generales

En la última década, medio centenar de planes generales de urbanismohan sido anulados por tribunales superiores y por el Tribunal Supremo, y no precisamente en localidades menores. Vigo, Gijón, Marbella, Cartagena, Boadilla del Monte… Son algunos de los municipios donde los planes generales de ordenación urbana están paralizados.

En Cantabria todavía resuenan los ecos de la anulación del PGOU de Santander y Laredo, lo que ha originado un parón total en el desarrollo del suelo. Este caos urbanístico, como consecuencia de la gran conflictividad judicial, ha calado en el Gobierno de España. El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, que sufrió en sus propias carnes los efectos de la anulación de un plan porque era alcalde de la capital cántabra cuando la sentencia le explotó en las manos, ha decidido intervenir y legislar para que la paralización total de los planes de urbanismo por parte de los jueces pase a la historia.

Fomento ultima un anteproyecto de ley para evitar que los tribunales anulen en su totalidad los planes generales de ordenación urbanística y del suelo de comunidades autónomas y municipios, lo que hasta ahora conllevaba la parálisis total del proyecto y obligaba a empezar uno nuevo. La nueva ley pretende anular únicamente la parte que los jueces tachan de incorrecta y permitir la vigencia del plan urbanístico mientras se subsana el error. «Esta medida evita el fenómeno de la nulidad en cascada y se acompaña con otras medidas de carácter procesal, que introducen algunas modificaciones puntuales para evitar consecuencias anulatorias desproporcionadas», sostiene Fomento, que la semana pasada avanzó la iniciativa legislativa.

La iniciativa del ministro cántabro ha sido aplaudida en Cantabria por la mayor parte de los sectores implicados, incluido el Gobierno por boca del director general de Urbanismo, Francisco González Buendía. Pero hay voces, muy autorizadas, que alertan de la posible «inconstitucionalidad» de la nueva normativa. Es el caso del catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Cantabria y exletrado del Tribunal Constitucional, Juan Manuel Alegre Ávila. Este profesor cree que la iniciativa «tiene todos los visos de ser inconstitucional» porque «es un subterfugio para dejar sin ejecutar o para modular el alcance de sentencias cuyo fallo es muy claro», además de incurrir en una supuesta «arbitrariedad».

El planteamiento de Fomento tiene «una trascendencia doctrinal y práctica de primer orden» y es un asunto «muy controvertido» desde el punto de vista jurídico. A juicio del profesor Alegre, «no basta con aprobar una nueva ley, sino que habría que modificar la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa para introducir alguna modulación en el alcance de los fallos judiciales que anulan planes de urbanismo». Es decir, si el legislador quiere tomar cartas en el asunto tendría que conformar «un nuevo régimen» de los planes de urbanismo, ya que su consideración actual como reglamento supone que su anulación debe ser integral, «sin posibilidad alguna de conservación o mantenimiento de aquellas partes del plan urbanístico no afectadas por el vicio de legalidad declarado».

«Auténtica revolución»

Sin querer oficiar como adivino, el catedrático vaticina que una reforma legislativa en la que los tribunales no podrán ya anular íntegramente un plan urbanístico parcialmente ilegal, aboca a las administraciones a «tramitar de cualquier manera el procedimiento de elaboración y aprobación» porque «siempre tendrán la oportunidad de corregir las deficiencias declaradas». Sin embargo, el magistrado Rafael Losada, presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo, tribunal que examina si los planeamientos urbanísticos cumplen la ley, ve con buenos ojos la convalidación de los defectos formales, aunque es consciente de que supone «una auténtica revolución para los padres del Derecho Administrativo, cuyo principio general es que los reglamentos y disposiciones legales son nulas de pleno derecho».

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